domingo, 17 de febrero de 2019

EL SELLO DEL CONSEJO ESCOLAR DE LEÓN

Aunque hay varios coleccionistas de los sellos de correos y timbres fiscales conocidos como "Consejos Escolares", poco o casi nada se sabe de este capítulo de la historia filatélica ecuatoriana. El catálogo que en El Coleccionista Ecuatoriano publicó Guillermo Meyer en 1984, contiene un registro, al parecer completo, de estos sellos, pero nadie ha estudiado la razón de su existencia o el período exacto en que fueron utilizados. Se dice, simplemente, que fueron autorizados mediante Decreto Legislativo de 1907 y que el producto de la venta de las especies financiaba los servicios escolares en cada provincia. No hemos encontrado, sin embargo, el texto del Decreto ni la norma en virtud de la cual se crearon estas marcas, colocadas sobre la serie Presidentes de 1907 y sobre los timbres fiscales del bienio 1907-1908.

Aquí presentamos un documento que se relaciona con la marca utilizada por el Consejo Escolar de la provincia de León, actual Cotopaxi. De él se desprende que, al menos en esa provincia, el sellos fue diseñado y su fabricación ordenada a fines de 1907 y, seguramente, se lo utilizó desde principios de 1908; hubo, sin embargo, un espacio de tiempo en el que, ante la falta de sello que estaba siendo elaborado, se marcaron estampillas y timbres con la rúbrica del Presidente y el Secretario del Consejo.

En esta imagen se puede apreciar el sello completo del Consejo Escolar de León, fabricado según la Resolución que
aquí se publica, y que ocupaba el espacio de dos estampillas

El documento es el Acuerdo del Consejo Escolar de León, por medio del cual se autoriza la fabricación del sello y se dan disposiciones sobre su uso. Se publicó en el Registro Oficial 589 del 5 de febrero de 1908. Su texto es el siguiente:

El Consejo Escolar de León,

Vistos los telegramas circulares de 9 y 16 del mes próximo pasado, del señor Ministro de Instrucción Pública, y además el de 22 del mismo mes, del señor Ministro de Hacienda,

Acuerda:

Hasta cuando llegue el resello pedido a Guayaquil, con el cual deben expenderse las especies fiscales, éstas llevarán como contraseña las rúbricas de su Presidente y Secretario.

En un acta suscrita por los mismos y el Colector del Ramo, se dejará constancia de las clases y cantidades de especies legalizadas.

Permanentemente la comisión del resello será desempeñada por un miembro de este Consejo.

El resello que será en forma de elipses, contendrá las siguientes palabras: Conejo Escolar de León.- Latacunga, a ... de ...... 1908 ....; y al centro, estas: "Resello de Especies Fiscales".

Para su adquisición y conservación, vótase la suma de cuarenta sucres.

La eprsona que se encargue del trabajo material del resello en las especies fiscales, gozar{a mensualmente la suma de diez sucres, de la Colecturia de Instrucción Primaria; debiendo constar en el valor respectivo el Visto Bueno del Comisionado.

El empleado (Resellador), será nombrado por el Consejo.

Queda reformado en la parte pertinente el Presupuesto de Instrucción Primaria.

Elévase por duplicado el presente Acuerdo, al señor Ministro de Instrucción Pública, para obtener su aprobación.

Dado en la Sala de Sesiones, a 19 de diciembre de 1907.

El Presidente,

F.J. Falquez Ampuero

El Secretario,

Luis M. Jaramillo

Ministro de Instrucción Pública.- Quito, diciembre 26 de 1907.

Apruébase el Acuerdo que precede.

El Subsecretario,

Alfonso Freile L.

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