sábado, 11 de abril de 2020

TARJETA DE IDENTIDAD POSTAL

Roberto Néstor Cravero
craverorobertonestor@yahoo.com.ar


La Tarjeta de Identidad Postal surge de acuerdo con las directrices marcadas por la Unión Postal Universal en 1885, en Lisboa. Su objetivo era “identificar a los destinatarios de todo tipo de correspondencia, giros, reembolsos y cualquier otra operación que exigiera identificación”.

Pero se extendió mucho más allá de este ámbito y acabó convirtiéndose en un documento para verificar la identidad en todo tipo de gestiones. Hasta 1970, año en que se suprimió, se emitía con vigencia de dos o tres años, fijando cada país dentro del tarifario de correos el costo del servicio.


Anverso y reverso de Tarjeta de Identidad emitida por el Correo Argentino. Las observaciones impresas en el anverso 
corresponden al texto de la Convención Postal Universal. Al pie de la misma, se observa el nombre de la Imprenta de
 Correos y Telecomunicaciones, mes y año de emisión y tirada de  ejemplares. En el reverso, sellos de la serie Próceres y
Riquezas  cancelados con matasello del correo. Arriba a la derecha número interno de la fórmula o formulario del correo.

Es un documento que pocas veces se muestra en colecciones, por más que tenga sellos postales adheridos para el pago del servicio brindado por el correo, que cancelaba los mismos con un matasellos.

En Historia Postal tendría su capítulo cubierto ya que mostraría la tarifa interna por la cual fue creada, en Tradicional mostrando el uso del sello, ahora la discusión, para la Categoría Fiscales y para Temática, se pueden incluir?

Veamos las directrices de FISCALES:

REGLAMENTO ESPECIAL PARA LA EVALUACIÓN DE LAS COLECCIONES DE FISCALES EN LAS EXPOSICIONES FIP  Artículo 2.- PARTICIPACIONES COMPETITIVAS

2.1. Participaciones competitiva. Una participación de Sellos Fiscales se compone de sellos estampados, impresos o adhesivos justificantes de impuestos, derechos o créditos, emitidos por o bajo la autoridad emanada de un estado, municipio o autoridad gubernamental intermedia. Cada participación presentará uno o más tipos de tales sellos y cuando resulte apropiado explicará, o al menor hará las adecuadas referencias, su razón de ser y, cuando sea necesario, la normativa relativa a los servicios, transacciones u otros motivos que puedan ser considerados.

2.2. Sellos de impuesto Los sellos emitidos para el pago o para la notificación de aspectos relativos al pago o a la exención de un impuesto, derecho u otra imposición fiscal o exacción se consideran "sellos de impuesto".

2.3. Sellos de derechos Los sellos cuyo propósito es registrar el pago o la exención de un derecho por el que va a prestarse o se ha prestado algún servicio se consideran "sellos de derechos".

2.4. Sellos de crédito Los sellos emitidos para justificar algún crédito monetario o fiscal en favor del adquirente, su causante o cesionario se consideran "sellos de crédito".


Tarjeta de Identidad Postal emitida por el Correo de España (1949)

Artículo 3.- PRINCIPIOS PARA DESARROLLAR UNA PARTICIPACIÓN

3.1. Una participación de Sellos Fiscales comprende sellos fiscales estampados, impresos o adhesivos, nuevos o usados. Si son usados sobre documentos, tales documentos deben estar dispuestos de manera que ilustren claramente las transacciones o servicios pertinentes. La participación puede comprender alguno de los siguientes aspectos:

1.      Registro de Actos o Documentos.  

2.      Fiscales generales.  

3.      Judiciales (en todas sus instancias)  

4.      Transferencias de propiedad de bienes muebles o inmuebles.  

5.      Recibos  

6.      Actos documentales  

7.      Servicios Públicos  

8.      Efectos de Comercio  

9.      Sellos para el pago de derechos.  

10.  Fondos públicos.  

11.  Seguros y pólizas  12. Servicios Consulares.  

13.  Inspecciones.  

14.  Pesas y Medidas.  

15.  Licencias  

16.  Sellos de correos usados como fiscales, o sellos fiscales usados para el correo.

17.  Otros sellos fiscales.  

No veo este documento, la Tarjeta de Identidad Postal, en los conceptos del artículo 2, "sellos de impuestos, derechos o créditos", tampoco comprendido en los 17 rubros del artículo 3.
En una colección Temática me encuentro con que no puedo incluirla por considerarse Fiscal, aunque no figure en el material de esa clase.

Se la considera Fiscal, pero si recurro al diccionario:

FISCAL:  "Del latín fiscalis, fiscal es un adjetivo que hace referencia a lo vinculado al fisco (el tesoro público o el grupo de las entidades públicas dedicadas a recaudar impuestos), por lo tanto, puede ser el funcionario público que se dedica a cuidar e impulsar los asuntos de interés para el fisco."

El Tesoro Público o el Fisco NO es Correo, Correo es un servicio que tiene por objeto el transporte y distribución de la correspondencia oficial y privada, y considerando lo estipulado por la UPU en sus convenciones, cito por ejemplo la Convenio Postal Universal del año 1934, Título II, Capítulo Único, artículo 31:

TITULO II
Reglas de Orden General
Capítulo Único

Art. 31.- TARJETAS DE IDENTIDAD

1.  Cada Administración podrá facilitar, a las personas que lo soliciten, tarjetas de identidad, válidas como documentos justificativos en todas las transacciones efectuadas por las oficinas de Correos de los países que no hubieran notificado su negativa a admitirlas.

2.  La Administración que expenda una tarjeta de identidad queda autorizada para percibir por este concepto un derecho que no podría exceder de un franco. Tampoco serán responsables de las consecuencias que puedan derivarse de la pérdida, sustracción o empleo fraudulento de una tarjeta de identidad legítima.

3.  Las Administraciones se hallarán exentas de toda responsabilidad cuando se compruebe que la entrega de un objeto de correspondencia o el pago de un giro postal se ha llevado a cabo mediante la presentación de una tarjeta de identidad legítima. La tarjeta de identidad será válida durante el plazo de tres años, a contar del día de su emisión.


Tarjeta de Identidad Postal emitida por el Correo de Colombia (1932)

Por lo antedicho, es un documento emitido por el correo, por un servicio que presta el correo, con sellos del correo, cancelados con matasello del correo, por lo que no me cabe ninguna duda que no es Fiscal, sino POSTAL, por lo que debe ser considerado dentro del  material temático también.
Espero sus críticas y consideraciones, las que serán muy bien recibidas.

5 comentarios:

  1. muy buen articulo, gracias por compartir....

    ResponderEliminar
  2. Excelente, Roberto. Lástima que no todos los correos de nuestros países han emitido este tipo de documento. Tengo una pregunta: ¿Cómo lo usarías en una temática?saló,

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Marcela, para mi, y como voy a tratar de incluirlo en mi colección de cartografía, es complementando el estudio filatelico de la serie del sello con que pagaron el servicio. A mi ver, sería la única forma que no lo castiguen. Esto por los comentarios que hay que la pieza es fiscal, pero con los antecedentes que volqué en la nota creo que queda demostrado que es postal. Roberto

      Eliminar
  3. Cómo se puede averiguar una tarjeta de identidad postal de mi bisabuelo en Líbano?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Por la página de la registraduría civil

      Eliminar