La Asamblea Nacional aprobó ya el Código Orgánico Administrativo, que en breve debe publicarse en el Registro Oficial. Tres meses después de esta publicación, dice la octava disposición derogatoria del nuevo cuerpo normativo, quedarán sin efecto todas las leyes relacionadas con la emisión de especies valoradas.
Esto implica la derogatoria del Decreto de la Asamblea Nacional Constituyente de 1967 (Registro Oficial 92 del 27 de marzo de 1967), que convirtió al Instituto Geográfico Militar en el único ente autorizado para imprimir timbres, estampillas y otras especies valoradas. A partir de entonces, la impresión de sellos postales se hizo fuera del Instituto solo en casos excepcionales y con las autorizaciones respectivas.
Esto significa que, en adelante, el correo ecuatoriano podrá contratar las estampillas que requiera con cualquier casa impresora. Es necesario poner especial atención en este tema, dado el especial cuidado que se requiere en el caso de estas especies valoradas, pues debe atenderse no solo al hecho de que se protejan las especies valoradas, sino también a que se impida que salgan al mercado ejemplares defectuosos, por accidente o a propósito.
Hemos llamado la atención en este blog sobre los problemas que en esta materia se han tenido con el Instituto Geográfico Militar. Es necesario que esta entidad los solucione, pero ahora el correo ecuatoriano deberá poner atención, también, a la capacidad y solvencia de las casas impresoras a las que encargue estampillas, si lo hace fuera de la institución que hasta ahora era la única autorizada para hacerlo.
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