sábado, 3 de diciembre de 2016

¡LA NUEVA EMISIÓN POSTAL DE PANAMÁ!

Marcela Díaz Cabal

Luego de varias semanas en que Panamá se quedó sin sellos, el Jefe del Servicio Filatélico de la Dirección General de  Correos y Telégrafos Nacionales (COTEL), Vladimir Berrío Lemm,  anunció que a partir del 29 de noviembre de 2016, en horas de la tarde, se inició la venta de la nueva emisión postal “Panamá, país turístico III ” impresa con urgencia  para abastecer las estafetas del país.

La nueva emisión, aprobada por el decreto ejecutivo 301 del 1° de noviembre de 2016 e impresa según las especificaciones usuales para Panamá  con la técnica offset en cuatricomía por Cartor Security Printing S.A.  (Francia), consta de 7 series en pliegos individuales de 10 sellos postales cada uno, diseñados con la herramienta Adobe Illustrator por el trabajador postal de Informática, Marlon Jackson.

A la izquierda, edificaciones sobre la muralla colonial en Ciudad de Panamá, y a la derecha, Puente del Centenario 2003 sobre el Canal de Panamá

Ni falta hace decir que los filatelistas panameños estamos de plácemes porque finalmente ¡tenemos sellos!

A la izquierda, Cinta Costera No. 1 (Ciudad de Panamá), y a la derecha Real Casa de Aduana, San Felipe,Portobelo

Los valores faciales son:

  0.20, 15,000 unidades  Iglesia de San Francisco de la Montaña (Veraguas)
  0.25, 15,000 unidades  Puente del Centenario 2003, sobre el Canal de Panamá
  0.35, 15,000 unidades  Edificaciones sobre la muralla colonial Ciudad de Panamá
  0.60, 15,000 unidades  Mi pueblito afroantillano Cerro Ancón Panamá
  1.00, 10,000 unidades  Cinta Costera #1, Ciudad de Panamá
  4.00, 15,000 unidades  Comarca Indígena, Guna Yala (playa)
10.00, 15,000 unidades  Real Casa de Aduana, San Felipe, Portobelo

A la izquierda, iglesia de San Francisco de la Montaña, y a la derecha Comara Indígen Guna Yala

Los tres últimos valores son obviamente, para paquetes postales.

Para los interesados en alguna o todas las temáticas:
La serie de 7 sellos vale B/16.40  
La serie en pliegos completos vale B/164.00  
Un bloque de 4 de la serie completa vale B/65.60  
Un bloque de 6 de la serie completa vale B/98.40
Un bloque de 2 de la serie completa vale B/32.80


Mi Pueblito Afroantillano (Cerro Ancón)

CONFERENCIA DE GUILLERMO GALLEGOS EN MONTEVIDEO

El pasado 26 de noviembre, en el Círculo Filatélico de Montevideo, Guillermo Gallegos dictó una conferencia sobre el correo español en México y Centroamérica.

Walter Britz, Presidente de la Comisión FIAF de Filatelia Tradicional, presenta al conferencista

Guillermo es un reconocido filatelista salvadoreño, estudioso de la historia postal, miembro de la Real Academia Hispánica de Filatelia y coautor de un estudio sobre el período prefilatélico en El Salvador, que ha merecido varios premios y distinciones internacionales.

Un aspecto de la disertación de Guillermo

La conferencia que se dictó en Montevideo se presentará, durante el próximo año, en la Royal Philatelic Society de Londres.

Guillermo Gallemos con la directiva del Círculo Filatélico de Montevideo.
De izquierda a derecha, Fernando Parola, Guillermo Gallegos, Miguel García y Helios Tonelli

Iniciativas como ésta merecen nuestra felicitación, no solo por el interés de los filatelistas uruguayos en organizar la actividad, sino también por la predisposición del conferenciante para compartir sus conocimientos con sus colegas.

Las imágenes de esta nota fueron tomadas del blog del Círculo Filatélico de Montevideo.

MODERN PARAGUAYAN POSTAL STATIONERY: THE PREPAID VIEW CARDS, AEROGRAMS AND COVERS OF THE 1990'S (PART I)

Georg Maier

Sometimes in the 1990’s Paraguay decided to issue postcards and aerograms a practice which continued until the early years of 2000. Unfortunately, the issue of this modern stationery was not accompanied by official documentation on the subject leaving the collector with more questions than answers.

A postal stationery catalog of Paraguay edited by Brian Moorhouse in 2003 provide us with a glimpse of what was issued and it is hoped that the following will provide another glimpse or two of what additional material saw the light of day in the following years.

The first series in consideration is possibly composed of four different cards of which we have seen three. They have a photographic view pasted onto the reverse side showing on the first card a locomotive on the third card the Government Palace and on the fourth card a butterfly. The second card, if any, is unknown to us. The cards show a cartoon type boxed “mailing face” in the upper right “stamp” corner and are inscribed “FRANQUEO PAGADO / PORTE PAYE”.

A further inscription “CORREO PARAGUAYO” is noted at top center in a vertical position. The latter inscription is seen on all three cards although the third card exists also without the inscription. Both inscriptions were applied after the views were pasted on the reverse side – the indication of the letters is clearly noticeable on the photograph. No value is marked on the cards but they appear to encompass all franking possibilities. Of the few used copies in my possession, apparently of filatelic usage, some are registered without additional postage added. The cards have on imprint at center “Ediciones YBY PORÁ – FOTO FELIPE BERNIER – DERECHOS RESERVADOS”. Similar cards exist without the “paid” stamp. The three cards with mounted views in our possession are as follows:

CO1    FERROCARRIL CARLOS A. LÓPEZ
CO3    PALACIO DE GOBIERNO
CO4    MARIPOSA DE PARAGUAY

These cards should all be considered rare, in particular card No. 1.



There exist a second set of four printed cards which may have appeared somewhat later. As in the first set these have the same “FRANQUEO PAGADO / PORTE PAYE” and in the right upper corner a broken line  “stamp box” with the text “Dirección / DE / CORREOS / PARAGUAY” inside. The cards show no value. In the center, reading vertically upwards is imprinted “JCR, PUBLICIDAD SRL – FONO 497-367- FOTO DE VICTOR ALVAREZ”. The following unnumbered views are known:

- Asunción desde la Bahía.
- Catedral de Asunción.
- Lago de Ypacaraí – San Bernardino
- Misiones Jesuíticas de Trinidad


Again, as in the first set, the postage paid seems to cover all destinations including registration. We would like to have on input from our readers if other views of this series exist. At any rate they seem to be somewhat more common than the first set of views.

Finally, there are also two aerograms with a view known from this period. These show a circular “FRANQUEADO / PORT PAYE / PAGADO” stamp at top right and a view on the front left and two on the back.  On the back, the aerograms are both marked as “Series B” and numbered, also they are marked “FOTOS DIGETUR VA”.

The views on each aerogram are as follows:

Serie B: Panteón de los Héroes (front), Ruinas Jesuíticas de Trinidad / Vista Asunción (back).

Serie B: Lago Ypacaraí (front), Río Paraná / Lago Ypoa (back).



Six more pre-franked aerograms and covers were issued intermittently around the turn of the century showing the following characteristics:

1. One, 180 x 95 mm. showing at top left “Aerograma / Aerogrammé” in two lines and at top right “Paraguay / Corazón de América” in two lines and “Franqueo Pagado / Port Paye” in two lines. On the left side is pictured the Express mail Office of the Paraguayan Post Office and on the right there is a space for the address. On the back it shows “Dirección General de Correos / Asunción Paraguay” and a numbered Series A. Below a photo showing the Asuncion Skyline and the river front.


2. The second aerogram is 200 x 110 mm. It shows on the left side a flower oil painting, in the middle top it say “Correo Paraguayo” and at right top “Aerograma / Aerogramme Serie No. 022432” GS (Guaraníes 3000) and a circled “FRNAQUEO PAGADO / PORTE PAYE” and “Internacional”. Why it indicates a value and a prepaid stamp is unknown.


3. Finally, there where four pre franked covers issued possibly in the year 2000, two for national and two for international mail. The national covers are 154 x 118 mm. The first is white and shows at top left a nativity scene; the second is light blue and shows at top left one outline of a on outline of a map of the Americas with an envelope superimposed. Both show an identical stamp at top right with a globe and a cover superimposed and “Correo Paraguayo” and “Trabajando para servirle mejor” below. Outside of the stamp and below it says “Sobre – Prefranqueado Nacional”.


 4. The other two covers are 240 x 115 mm. in size. One is white and shows on the left a nativity scene superimposed on a map of the Americas similar to the national covers. The stamp is the same except for its size but says below “Sobre – Prefranqueado / Internacional”. The other is light green and shows on the left a map of the Americas with Paraguay superimposed. The stamp is the same.



 There issues are followed by a series of cards and covers which are franked, therefore not subject to discussion here.

CHILE: TARIFAS REDUCIDAS EN TARJETAS ENTERO POSTALES (1872-1928) - SEXTA PARTE

Patricio Aguirre Warden


Se otorga en 1903 el mismo status de tarjetas entero postales a las tarjetas postales privadas


Es posible aventurar que ante el explosivo crecimiento que había tenido el envío e intercambio de "tarjetas postales privadas" a comienzos del siglo XX a nivel nacional e internacional, y que además el Congreso UPU de 1897 las permitía según dice Título XV art.6[63] de las Regulaciones de Ejecución: "Las tarjetas postales sencillas y las con respuesta pagada, provenientes de la industria privada, son admitidas a las circulación internacional, siempre que la legislación del país de origen lo permita y que llenen las condiciones determinadas en el presente artículo para su admisión a la tarifa reducida en los cambios de país a país, de tarjetas postales emitidas por las administraciones de Correos y que sean conformes en cuanto a formato y consistencias del papel a las tarjetas emitidas por correo de origen". Y que ya muchos países las permitían para su uso con las mismas tarifas que los Enteros Postales, que el público comenzó a ejercer presión ante las autoridades por el alto costo que debían pagar para los envíos nacionales (5 cts.) y por los internacionales (10 cts.) dado que ellas eran consideradas como cartas, en un abierto abuso monopólico que ejercía correos sobre un elemento que era totalmente ajeno al negocio de Correos y que era factible de hacer por privados, que las autoridades finalmente le otorgaron a las postales privadas, por Supremo Decreto del 4 de agosto de 1903[64], el mismo estatus que el de las postales del estado.

Fig. 104

Por lo que a partir de entonces las postales privadas pagarían las tarifas de 2 cts. para uso nacional (fig. 104), 3 cts. para uso internacional (fig. 105)  y un centavo para las que circularan como impresos (fig. 106), masificando su uso tanto a nivel nacional como internacional, siendo de esta forma, para la Administración Postal imposible competir en éste segmento del negocio con tarjetas extremadamente sobrias y que demandaba mucho tiempo y costos su fabricación, en un mercado dónde era posible encontrar una cantidad enorme de tarjetas con imágenes del país o con múltiples y variados temas de todo tipo, impresas en blanco y negro así como en colores.

Fig. 105

Hay que considerar también que para la Administración Postal, por mucho, le debe haber sido más económico simplemente vender sellos postales, un pequeño trozo de papel impreso contra los costos de imprimir una tarjeta de gran tamaño en relación al sello postal, por la cual se cobraba el valor que estaba impreso y que representaba lo mismo que un sello postal, esto es no se cobraba nada extra por la "tarjeta". Esto es, que el público estaba dispuesto a pagar más por el envío de una tarjeta postal con tal que fuera más hermosa y variada, amén de todas las otras ventajas que ellas representaba, a decir "una imagen vale más que mil palabras".

Fig. 106

La modificación de la Ley de 1903, permitiría dar un enorme crecimiento al intercambio de tarjetas postales privadas, entre los muchos coleccionistas que ya existían en esa época, a través del Correo, encontrando desde septiembre de 1903 hasta principios de 1905, la utilización de ellas aprovechando la tarifa reducida para material impreso, pero muchas de ellas efectivamente no cumplían la normal, simplemente porque habría que haber enviado en cada oportunidad a lo menos 20 postales iguales, sin agregarle ningún tipo de personalización. Algunas de ellas circularon sin multas, pero también encontraremos que muchas también fueron multadas (fig. 104).

Fig. 107
La autorización del uso de las tarjetas postales privadas generaría un gran impacto en la producción de enteros postales en la Administración Postal, que veremos más adelante. Para cubrir las necesidades de sellos de 3 cts. para las postales privadas, denominación que nunca se habían hecho en Chile, encarga en mayo de 1904 que se sobrecarguen sellos de Telégrafos de $ 1.- y 5 cts. con el valor de 3 cts. y para agosto de 1904 llegaría los sellos de 3 cts. color pardo de la serie "Colón Peso Bronce".

Convención de Roma 1906, Aumenta el peso mínimo base de Carta. Obligatoriedad de que las tarjetas tengan como encabezado las palabras "Tarjeta Postal"

El tratado de la Convención UPU de Roma[65][66] del 26 de mayo de 1906 entró en vigor el 1º de octubre de 1907 y fueron aprobados en Chile por Ley nº 2047 del 24 de julio de 1908, y ella se modifica el peso mínimo para una carta simple de 15 gramos a 20 gramos, considerándose según el Artículo 5 (art.1, ico.1) "25 céntimos de franco por carta simple pre-pagada y el doble en caso contrario, por cada carta que no exceda los 20 gramos y 15 céntimos por cada 20 gramos o fracción adicional, (ico2)10 céntimos para cada tarjeta postal y por cada una de las partes de una tarjeta con respuesta pagada y (ico3) 5 céntimos de franco por cada papel impreso, papeles de negocios y muestras del comercio, pesando 50 gramos o fracción de 50 gramos, con tal de que ese objeto o paquete no contenga ninguna carta o nota manuscrita que tenga el carácter de correspondencia actual y personal y esté acondicionado de modo que pueda ser fácilmente reconocido. El mínimum para papeles de negocios es de 25 céntimos y el de muestras, de 10 céntimos por envío."

Si bien estos cambios significaron un aumento del peso de la carta mínima en un 25% manteniendo el valor, que significaba enviar más peso por el mismo dinero, en la práctica una rebaja, en Chile implicó un aumento de tarifas entre un 50% y 100% como veremos en el siguiente capítulo.

En las Regulaciones de Ejecución[67] para la aplicación del Tratado se define en el Título IV art.1[68] que la tasa de cambio monetaria para Chile se mantiene en 5 céntimos de franco por 1 centavo de peso chileno, en el Título VI Sellos Postales, art. 1[69] se cambia el "en cuanto sea posible" por "será", estableciendo la obligatoriedad que los sellos de 25 céntimos (5 cts.) serán de color Azul Oscuro, los de 10 céntimos (2 cts.) de color Rojo y los de 5 céntimos (1 ctvo.) de color Verde y se elimina toda referencia a la prohibición del uso de sellos conmemorativos consideras en el Convenio de 1897 y en el Título XVI art.1[70] que las tarjetas postales deben tener las palabra "CARTE POSTALE" en francés o el equivalente de ella en cualquier otro idioma, sin embargo esto no es obligatorio para las tarjetas de producción privada. Se modifican las dimensiones de las tarjetas postales, las que no pueden exceder de 14 centímetros de largo por 7 centímetros de ancho (Se disminuye el tamaño). Y en el Título XVI art 4 se especifica la obligatoriedad para las tarjetas con respuesta pagada de tener las palabras "Carte Postale avec résponse payée" y en la segunda mitad "Carte postales-résponse", ambas en francés.). Toda tarjeta postal que no cumpla las condiciones del Artículo XVI será tratada como carta.

En el Título XIX[71] referente a Material Impreso se consideran las mismas normas ya detallada y especificadas en el Título XVIII art.4[72] de la Regulaciones de ejecución del Convención de 1897.

Modificación Tarifas Nacionales en 1907

Por Ley nº 2.029 del 9 de septiembre de 1907[73] y que entró en vigor el 13 de septiembre de 1907 se modificaron las tarifas nacionales para el envío de cartas nacionales e intra-departamentales, modificando el peso mínimo de 15 gramos a 20 gramos, unificando los pesos mínimos a lo acordado para la correspondencia internacional en Congreso UPU de 1906, manteniendo los valores mínimos, pero unificando el cobro por los pesos extras sobre el mínimo, quedando las tarifas según lo siguiente: carta nacional, 5 cts. más 5 cts. por cada 20 gramos o fracción adicionales; y para las cartas locales 2 cts. por los primeros 20 gramos más 2 cts. por cada 20 gramos o fracción adicionales, y se mantienen la tarifa de tarjeta postal nacional en 2 cts. y para el material impreso en 1 ctvo.

Modificación de las Tarifas Internacionales en Chile en 1907

Si bien Chile ratificó el Convenio de Roma 1906 que entró en vigor el 1º de octubre de 1907 por la Ley 2.047 del Ministerio de Relaciones Exteriores, Culto y Colonización, el tratado de Roma solo cambió el peso del porte mínimo de una carta, subiéndolo de 15 gramos a 20 gramos. Las tarifas en francos oro no cambiaron, así como tampoco los valores máximos adicionales permitidos para los conceptos de transporte marítimo.

Fig. 107
Adicionalmente en las Regulaciones para la Ejecución del tratado de 1906 de Roma, así como en los tratados de 1885, 1891 y 1897, la tasa de cambio para Chile se mantuvo en un centavo de peso chileno por 5 francos oro, a pesar que Chile cambio la tasa de conversión monetaria en noviembre de 1892 desde el antiguo patrón de 40 peniques[74] (240 peniques es una libra esterlina) por Peso Oro chileno a un patrón de 24 peniques[75] por Peso Oro chileno y cambió nuevamente el patrón a 18 peniques[76] por Peso Oro chileno en julio de 1896, implicando con ello una devaluación en el tipo de cambio internacional en un 45.5% en el año 1892 y de otro 25% en el año 1895, constituyendo una devaluación respecto del año 1881, cuando Chile ingresa a la UPU, de un dramático 59.1%. Este tipo de cambio monetario seguirá vigente hasta que por la ley del 14 de octubre de 1925 se cambia el patrón oro al de un Peso Oro chileno por 6 peniques[77] de libra esterlina.

En consecuencia a lo anteriormente expresado las tarifas internacionales se modifican en Chile a una tasa distinta de 5c ff oro por un centavo chileno, establecido en el tratado de 1906., usando una tasa de cambio de 1,5 cts. chilenos por 5 francos oro, quedando las tarifas como sigue: (a) para carta internacional con peso de hasta 20 gramos a 15 cts., más 10 cts. por cada 20 gramos o fracción en exceso. (25 céntimos de franco más 25c ff oro por transporte = 50 c ff oro); (b) para tarjeta postal internacional en 6 cts. (10 céntimos de franco más 10c ff oro por transporte[1] = 20 c ff oro) y la tarjeta con respuesta pagada en 6 cts. + 6 cts.; y (c) para el envío de “Material Impreso Internacional" 3 cts. (5c ff oro más 5c ff oro = 10c ff oro).

Como mencioné en párrafos anteriores, el 13 de septiembre de 1907 se emite una orden de compra a la ABN Co. que incluye 500.000 tarjetas enteros postales con respuesta pagada de 3 cts. + 3 cts.(fig. 95).

Llama mucho la atención que a menos de 15 días de la entrada en vigor cambio de tarifas internacionales del 1º de octubre de 1907, acordado un año y medio antes, en el Congreso UPU de Roma, se compren tarjetas para uso internacional que no tendrían utilidad, situación que tiene que haber sido de conocimiento de la Administración de Correos, cuyo director General era José Carlos Pedro Lira Carrera, si para cuando ellas llegaran no tendrían aplicación alguna. En éste punto es importante agregar que las órdenes de compra de especies postales eran decididas y firmada por el Ministro de Interior Luis Antonio Vergara Ruiz (Ministro del Interior del 12 de junio al 25 de octubre de 1907). Es de notar también que en el año 1907 hubo otros dos Ministros del Interior, Rafael Sotomayor Gaete y Vicente Santa Cruz Vargas. También es de notar que tampoco se considerara en ese momento y tampoco en el futuro ninguna compra de tarjetas postales de 6 cts. que cumplieran con el nuevo régimen tarifario.

Muy probablemente por los motivos antes expuestos referentes al impacto en el uso de tarjetas postales privadas que la Administración Postal no encargaría fabricar nunca más tarjetas enteros postales para el uso internacional, retirándose de ese segmento del mercado. Con ésta modificación tarifaria de la UPU, cobran vigencia las tarjetas internacionales de 3 cts. (fig. 108) impresas por la ABN Co. que habían sido puestas en circulación en 1905, ahora serviría para el uso de envío internacional impreso.

Luego, en 1909 la Administración Postal utilizaría parte del stock remanente en bodegas para sobrecargarlos con el valor 6 cts. y darle viabilidad de uso, o simplemente el público debería agregar en sellos postales el franqueo correspondiente faltante.

Tarjeta entero postal de 3 cts. (fig. 109) usado nacionalmente para envío de material impreso, desde Constitución en 1º de noviembre de 1910 a Valparaíso, enviando documentos comerciales por hasta 150 gramos, 1 cts. para los primeros 50 gramos y 2 cts. para los otros 100 gramos.

Fig. 109

Tarjeta Entero pre-impresa (fig., 110) enviada de Linares el 22 de julio de 1910 a Sanadi, Africa Oriental Alemana, llegando e´3 de octubre 1910, del Dentista Leonidas Rossel para el canje de sellos, con franqueo adicional para los completar los 3 cts. para una postal internacional de "material impreso".

Fig. 110

SIGUIENTE

NOTAS

[63] Convenciones i Reglamentos adoptados por el Congreso Postal de Wáshington de 1897, aprobados por la lei número 1,157, de fecha 31 de diciembre próximo pasado. (http://bcn.cl/1t91b), pag.28, Biblioteca del Congreso Nacional de Chile/ BCN
[64] Lejislación Postal de la República de Chile y Servicio Interior, Carlos Lira, 2º edición, 1911. Pag 169
[65]Treaties and Other International Agreements of the United States of America, 1776-1949, Charles I. Bevans, LLB. 1976. Vol. 1 (1776-1917) pag. 492 a pag. 515 (http://www.loc.gov/law/help/us-treaties/bevans/m-ust000001-0492.pdf) Library of Congress, USA (http://www.loc.gov/law/help/us-treaties/bevans.php)
[66] Universal Postal Union, Convention of Rome , 26 mayo 1906, Detailed Regulacions for its execution, Printed for His Majesty`s stationery Office, 1907. Pag. 3 a pag 30
[67] Universal Postal Union, Convention of Rome , 26 mayo 1906, Detailed Regulacions for its execution, Printed for His Majesty`s stationery Office, 1907. Pag 33 a pag 113
[68] Universal Postal Union, Convention of Rome , 26 mayo 1906, Detailed Regulacions for its execution, Printed for His Majesty`s stationery Office, 1907. Pag 35
[69] Universal Postal Union, Convention of Rome , 26 mayo 1906, Detailed Regulacions for its execution, Printed for His Majesty`s stationery Office, 1907, pag 38
[70] Universal Postal Union, Convention of Rome , 26 mayo 1906, Detailed Regulacions for its execution, Printed for His Majesty`s stationery Office, 1907, pag. 45
[71] Universal Postal Union, Convention of Rome , 26 mayo 1906, Detailed Regulacions for its execution, Printed for His Majesty`s stationery Office, 1907. Pag. 48 a pag. 51
[72]Convenciones i Reglamentos adoptados por el Congreso Postal de Wáshington de 1897, aprobados por la lei número 1,157, de fecha 31 de diciembre próximo pasado. (http://bcn.cl/1t91d), pag. 1, Biblioteca del Congreso Nacional de Chile / BCN
[73]Ley 2029 del 9 de septiembre de 1907, (http://bcn.cl/1t92u), Biblioteca del Congreso Nacional de Chile/ BCN
[74] Casa de Moneda de Santiago de Chile 1743-1943.
[75] Ley 37 de Conversión Metálica del 26 de Noviembre de 1892. (http://bcn.cl/1t92w), Biblioteca del Congreso Nacional de Chile/ BCN
[76] Ley 227 de Conversión Metálica de 11 de febrero de 1895. (http://bcn.cl/1t932), Biblioteca del Congreso Nacional de Chile/ BCN
[77] Ley 528 de Conversión Metálica de 16 de septiembre de 1925. (http://bcn.cl/1t936), Biblioteca del Congreso Nacional de Chile/ BCN

ADMINISTRADORES AMBULANTES EN EL FERROCARRIL ECUATORIANO

La pieza que presentamos salió hace poco a la venta en e-bay y, aunque pudimos adquirirla, jamás llegó a nuestras manos. Sin embargo, la imagen nos permite identificar el matasellos del Administrador de Correos Ambulante Carlos Luis Ponte, lo que nos pone ante un tema del que prácticamente nadie se ha ocupado en la filatelia ecuatoriana: las administraciones ambulantes del ferrocarril.

La vía férrea entre Guayaquil y Quito empezó a construirse en 1872, durante la segunda administración de Gabriel García Moreno. Luego del triunfo libera en 1895, el presidente Eloy Alfaro convirtió al ferrocarril en la obra fundamental de su gobierno, dio el impulso definitivo a su construcción y pudo recibir la locomotora en Quito el 25 de junio de 1908.

Los presupuestos anuales del servicio postal nos permiten establecer la existencia de administradores de correos ambulantes al menos desde 1903. Ese año el presupuesto contempla dos administradores, uno para el tramo Durán-Chimbo, y otro para el tramo Chimbo-Alausí. El año siguiente, se mantuvieron los dos administradores pero el segundo tramo llegaba ya hasta Guamote.

Entre 1906 y 1910, los presupuestos establecen cuatro administradores ambulantes y en 1910 se publica un Decreto (Registro Oficial 1412 del 7 de diciembre de 1910), mediante el cual se crean dos administradores adicionales, uno con residencia en Quito y otro con residencia en Guayaquil.

A partir de 1911 los administradores van a ser seis, algunos de cuyos nombre conocemos por la publicación en el diario oficial de sus nombramientos, o de las fianzas rendidas para ejercer el cargo.

Luis F. Romo presentó fianza para actuar como administrador ambulante en 1911, mientras que Alejandro Espinosa B. lo hizo el año siguiente.

En mayo de 1917 se nombra administradores ambulantes primero y segundo a Alfredo Saona y Luis Pareja y el 29 de octubre de 1920 se designa para ocupar las seis administraciones a Manuel Albán B., Alejandro Espinosa B., Julio Letamendi, José Lecaro Rubira, Reinaldo Astudillo B. y Juan Cherres H.

LAS TRES ÚLTIMAS SERIES DE TIMBRES TELEGRÁFICOS DEL ECUADOR

Ecuador utilizó timbres telegráficos hasta los años cincuenta del siglo pasado. No he podido establecer la fecha, pero sin duda fue alrededor del año 1958, cuando se introdujeron importantes reformas al sistema de telecomunicaciones, al crear la Empresa de Radio, Teléfonos y Telégrafos del Ecuador (Registro Oficial 564 del 15 de julio), como resultado de la fusión de dos hasta entonces dependencias del Ministerio de Obras Públicas, Radio Internacional del Ecuador y el Servicio de Telecomunicaciones Nacionales.

Durante los últimos años de uso, los timbres telegráficos tuvieron un diseño uniforme, aunque fueron el resultado de tres emisiones, para las cuales se recurrió a tres casas impresoras diferentes (Instituto de Grabado de París, Heraclio Fournier y Thomas de la Rue).

Los timbres muestran un telefonista y una operadora telegráfica, sobre un fondo de flechas y ondas de radio.

En el catálogo Hiscocks de 1982, se reporta solo una serie, la impresa en el Instituto de Grabado de París, y se da como fecha posible de emisión el año 1953; se indica la posibilidad de que, a más de los timbres de 30 centavos, 2 y 5 sucres, existan otros de 10 y 20 centavos y un sucre.

El catálogo Barefoot de 2013 es mucho más preciso y cercano a la realidad. Reseña las tres emisiones y da como años aproximados de emisión 1950, para la del Instituto de Grabado de París (tres estampillas), 1953 para la de Thomas de la Rue (seis estampillas) y 1955 para la de Heraclio Fournier (cuatro estampillas).

Los datos de Barefoot son correctos en relación con el número de sellos impresos por cada de una de las casas impresoras, pero se equivoca en los años de emisión.

Timbres de las tres emisiones. De izquierda a derecha, Instituto de Grabado de París, Heraclio Fournier (Vitoria) y Thomas de la Rue

La primera serie es la que se encargó al Instituto de Grabado de París. La autorización para contratar se dio el 19 de febrero de 1948 (Registro Oficial 195 del 12 de mayo de 1948), incluyéndose en la orden, junto con los timbres telegráficos, sellos postales y timbres fiscales Se ordenó preparar tres valores, conforme el siguiente detalle:


Por algún motivo, todos los sellos incluidos en esta orden tardaron en ponerse en circulación. De los sellos postales, por ejemplo, el que tenía la imagen del monumento a la Mitad del Mundo se emitió en 1949 y el que mostraba un paisaje del lago San Pablo se utilizó primero con un resello para conmemorar los 75 años de la UPU, y recién en 1950 se puso a la venta la estampilla sin resello. El Timbre Patriótico que se contrató al mismo tiempo no se ha encontrado usado antes de 1950 y el Timbre Casa de Correos de Guayaquil nunca circuló, habiéndose resellado todos los ejemplares EN 1954, para usarlos como postales en conmemoración de los 25 años de PANAGRA.

Es probable, según ésto, que los timbres telegráficos que nos ocupan hayan circulado alrededor de 1950.

La impresión de la segunda serie se autorizó el 26 de marzo de 1954 (Registro Oficial 556 del 2 de julio de 1954), contratándose para el efecto a Heraclio Fournier (Vitoria), que se comprometió a confeccionar además otras especies postales y fiscales. Los timbres telegráficos que formaron parte de esta orden fueron los siguientes:


Estos timbres empezaron a circular, probablemente, en septiembre de 1954, pues el 24 de ese mes se emitieron las series postales Banano, Maiz y Flores y Avión sobre el Lago San Pablo, que fueron parte del mismo pedido realizado a la casa impresora.

La última serie se mandó contratar con Thomas de la Rue el 12 de marzo de 1956 (Registro Oficial 16 del 19 de septiembre de 1956). Se hicieron seis valores distintos, conforme el siguiente detalle:


Sin duda estos timbres circularon durante poco tiempo. Los sobrantes fueron resellados luego para diversos usos e, inclusive, se utilizaron como postales, como puede verse en la imagen que presentamos, correspondiente a una carta despachada el 13 de septiembre de 1958.




LAS MONEDAS DEL ECUADOR EN 1858

En 1858, Manuel Villavicencio publicó su Geografía de la República del Ecuador. De las páginas 191 y 192 de esa obra, publicada en Nueva York, extraemos el siguiente texto que contiene información sobre las monedas que circulaban en el país en ese entonces. Conservamos la ortografía original.

Estas son de oro i plata.

Las de oro son onzas, medias onzas, doblones i escudos. La ley de las monedas de oro es de 21 quilates. En el anverso tiene el busto del Libertador: en su corte inferior se lee Bolivar, al contorno la inscripcion "El Poder en la Constitucion" i en la parte inferior el año de la acuñación i la ley de la moneda. En el reverso el escudo de armas de la república, á su contorno se lee "República del Ecuador;" debajo las iniciales del nombre i apellido del ensayador, i á los lados de las armas el valor espresado en 8 E (8 escudos ó una onza); la grafila es de punta de diamante i cuerda, i el cordon hoja de oliva.



Las de plata son, pesos fuertes, cuatros ó medios pesos, pesetas de á dos reales, reales, medios reales i cuartos. Los pesos fuertes tienen la ley de diez dineros veinte granos; los demas monedas la ley de ocho dineros. Las monedas de plata tienen en el anverso, el busto de la libertad i su gorro gravado: en hueco la palabra "Libertad;" al contorno la inscripcion "El Poder en la Constitucion," i en la parte inferior el número del año de la acuñacion i la ley de la moneda; en el reverso las armas de la república, i en el contorno  "República del Ecuador;" al pié el nombre del lugar de la acuñacion, las incioaiales del nmombre i appelido del ensayuador, i el valor de la moneda; la grafila es española, i el cordon encadenado.


Los cuartillos (o calés) tienen en el anverso el busto de la libertad; debajo el número del año de la acuñacion i las iniciales del ensayador; en el reverso la inscripcion "un cuarto" i en el contorno "República del Ecuador" i el nombre del lugar de la acuñacion.

En la lejislatura del año 1856 se ha dado una ley relativa á las monedas i pesas reduciéndolas al sistema decimal francés; esta ley ha sido recibida en el país con entusiasmo, pues nuestras monedas de plata, esceptuiado el peso, tienen el inconveniente de no pasar sino en algunas provincias de la república i ser rechazadas en el esterior; no así las onzas de oro i pesos fuertes, que tienen tanto aprecio como las onzas i pesos españoles.

Por esta ley, desde el año de 1866 no se admitirá otra  moneda que la acuñada segun el sistema decimal, así como se usará pesas i medidas que no sean conforme al sistema. Desde el año 1858 se principiará á emitir la nueva moneda decimal. Tambien se emite céntimos en cobre.

Los cuños de las nuevas monedas no sufrirán otra modificacion que la reduccion á los tamaños que correspondan á las diversas monedas que se emita de oro, plata o cobre.

La unidad fundamental para la moneda es el franco, igual en ley á 0.900 (novecientos milésimos)

La unidad fundamental para las pesas i medidas es el metro, igual en longitud á la diez millonésima parte del arco del meridiano que viene del polo norte al Ecuador.